por Vanina Escales
La audiencia para definir la competencia jurisdiccional por la ocupación del predio de Lugano, el 24 de febrero pasado, debía comenzar a las 9.30. Una hora y media después comenzó sin los abogados que se esperaban desde temprano, los de Marcelo Chancalay, el único procesado con prisión preventiva por la toma. El resto de los defensores están presentes. Juan Manuel di Teodoro lo hace en representación de Marta Yané, dirigente del Movimiento Evita que se solidarizó con la toma y fue procesada, y el Defensor General, Luis Duacastella y la Defensora Oficial, por el resto de los imputados: los vecinos que hicieron las veces de delegados de la toma.
Se llega a esta audiencia luego de que el representante del Ministerio Público, el fiscal Carlos Fel Rolero, presentara un pedido de incompetencia por entender que la causa no debe ser enmarcada como “usurpación” (delito de competencia local) sino como “asociación ilícita” (competencia nacional). La audiencia estuvo a cargo de la jueza María Gabriela López Iñiguez, titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 14, que se encargó de decirle a Fel Rolero que el planteo de incompetencia hace retrasar la causa y que ese tipo de maniobras dilatorias son graves cuando hay personas detenidas.
Los terrenos tomados son los lindantes a la Villa 20. Hasta el año pasado fue un cementerio de autos de la Policía Federal y por ese uso está contaminado con distintos metales e hidrocarburos. La audiencia tiene necesariamente un trasfondo político. En los alegatos, Duacastella remarca que desde el principio indicaron que “era necesario el diálogo y mesas de trabajo para poder resolver este conflictivo tema de vivienda que está atrás de esta causa de usurpación y como usted bien ha sostenido –dirigiéndose a la jueza– en la propia resolución que ordena el desalojo, el conflicto que acá estamos discutiendo supera el tema del derecho penal”.
La interpretación sobre lo que originó la toma del predio parece ser lo que define las posturas de la Fiscalía y las Defensas. Para el fiscal Fel Rolero –de acuerdo con su alegato– se constituyó un grupo con fines delictivos para afectar bienes jurídicos: el orden público y la paz social. La toma, para el Ministerio Público, fue un medio para más adelante lograr “la obtención de un rédito económico por el loteo del predio y la posterior venta de los mismos”. Y detalló una serie de posibles delitos: estafas, estelionato, tenencia y portación de armas, infracción a la ley de estupefacientes, apología de un delito, malversación de caudales públicos, atentado y resistencia a la autoridad y extorsión. Lo llamativo de esta acusación es que las personas no fueron imputadas en ningún momento por estos delitos, ni están probados en la investigación. Tampoco se encontraron armas en los allanamientos. Además, Fel Rolero destaca en su escrito la pertenencia o simpatía de algunos delegados con agrupaciones políticas, como si fuera un delito.
Para las defensas la instrucción fue defectuosa. La Fiscalía mantuvo hasta las 11 de la mañana del lunes el secreto sobre algunos testigos –vulnerando el derecho de defensa y la posibilidad de refutar prueba–, y se quiere avanzar –según dijo Di Teodoro– con “una maniobra política no solo para criminalizar a los delegados, para criminalizar a la militancia política y social que se solidariza con esas 700 familias que viven en condiciones precarias, sino que tapa las deficiencias de la investigación tirando el problema para arriba” (para fueros nacionales). El fiscal Fel Rolero también trajo dos casos de jurisprudencia para justificar su pedido de cambio de carátula –y por tanto, de jurisdicción– en donde nociones abstractas y estigmatizadoras como el “peligro” o “peligro abstracto”, aun cuando no se haya cometido el ilícito, jugaron un rol en las causas a las que hizo referencia para la obtención de la condena por asociación ilícita.
El abogado de Marta Yané, Di Teodoro, recalcó que “a nadie se le escapa que el Fiscal General de la Ciudad de Buenos Aires es un ex diputado del partido de gobierno”. Y por tanto “parece que el gobierno va y le dice a la jueza Liberatori ‘avancemos en la mesa de diálogo’, y por otro lado va y le dice a los fiscales que pidan la incompetencia para tirar el problema” al ámbito de la Justicia nacional. La referencia es porque Liberatori dispuso la creación de un comité de crisis para resolver la urbanización de la villa 20 y se realizó un censo este fin de semana.
Por pedido expreso de las defensas se pidió –y se concedió– que los resultados del censo no sean utilizados para seguir judicializando a los que participaron de la toma. Imaginemos a Duacastella y Lousteau defendiendo a 1800 procesados. A la audiencia concurrió por pedido del Juzgado la doctora Mónica Reyna, subsecretaria Legal y Técnica de la Defensoría del Pueblo, para explicar las tareas de remediación de cara a la ejecución de la Ley 1770: la urbanización de la villa 20 y un plan de vivienda. Reyna explicó que el comité de crisis se formó “por la señora Asesora Tutelar, el señor Procurador de la ciudad y el señor Defensor del Pueblo” y que este fin de semana se realizó el censo con personal técnico del Instituto de la Vivienda de la Ciudad y la Defensoría del Pueblo en su carácter de veedor. La Subsecretaria señaló que las personas censadas tenían actitud colaborativa, desmintiendo la idea de “peligrosidad” que les atribuyó el fiscal. También, que se está avanzando en un “convenio de regularización” donde el gobierno nacional entregaría el predio a la ciudad para cumplir con la 1770. “El dinero para la remediación ya se encuentra depositado en el juzgado de Elena Liberatori”, aclaró.
La ley 1770 desde 2005 –y su modificación en 2007– dispone la urbanización de la villa 20, y desde ese entonces el gobierno de la Ciudad no la cumple. La estrategia de los sin techo como forma de exigir el cumplimiento de la ley fue la toma de terrenos –pauperizados y contaminados– y el intento de procurar salidas políticas. En esta ocasión, como en la toma del Indoamericano, la respuesta judicial fue el procesamiento de los delegados designados entre los vecinos para entablar los diálogos y las soluciones pacíficas. Imita, además, a los procesamientos de militantes sociales en 1999 y 2000 cuando en medio de protestas y cortes se pedían interlocutores y se devolvían procesados.
Hay que señalar que sobre los delegados de la toma de Lugano rige una orden de restricción de acercarse al predio. Si hubieran estado durante el censo del fin de semana, hubieran violado la restrictiva, pero por eso mismo no fueron censados y es posible presumir que también sufren la emergencia habitacional por la que el predio fue tomado en primer lugar.
Para el Defensor General Duacastella no hay más prueba que “la que dije al principio que iba a suceder: que iban a terminar imputados los delegados. Que se iba a utilizar esta organización que ellos constituyeron con posterioridad, a pedido del Juzgado y a pedido de las Defensas y a pedido de la Fiscalía para poder negociar”. Es que al momento de la toma, las autoridades que se acercaron y les pidieron que nombraran interlocutores. Para Duacastella esa “es la única organización que existe en esta causa”, por tanto “voy a solicitar que se rechace el planteo de incompetencia”.
La resolución del pedido de incompetencia de la Fiscalía será en la próxima audiencia convocada para el miércoles 4 a las 10.30 de la mañana. Si la carátula cambiara a “asociación ilícita” cada toma, cada protesta, cada corte, podrá ser considerado de la misma manera. El caso de Marta Yané es ilustrativo del afán disciplinario del Ministerio Público de la Ciudad: ni siquiera es vecina de la toma, solo se solidarizó con los ocupantes al igual que una treintena de legisladores.